lunes, 9 de noviembre de 2009

El derecho a la defensa es inherente
a todo pueblo agredido o amenazado

Por: Aura Piña Rodríguez(*)
08/11/09

Al leer y reflexionar el PLAN DE REALIZACION DEL SUPREMO SUEÑO DE BOLIVAR, de Augusto César Sandino, transcrito en el Cuaderno de Formación Ideológica del PSUV, nos encontramos con una serie de propuestas con plena vigencia en estos momentos en los que el imperialismo norteamericano pretende someter el pueblo de Honduras e instalar bases militares en Colombia; propuestas que deberíamos impulsar y exigir desde los pueblos para que sean implementadas por nuestros respectivos gobiernos en el marco de los procesos de integración de Nuestra América, en especial en la ALIANZA BOLIVARIANA DE LOS PUEBLOS (ALBA) y así garantizar la estabilidad y seguridad a que tenemos derecho y que hoy se ve gravemente amenazada al no contar con un ejército y una corte de justicia latinoamericana, ni procedimientos y medidas, como visionariamente lo propusiera Sandino, al advertir que el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica no abandonaría jamás sus impulsos para poder realizar sus ambiciosos proyectos en nuestra América, aunque para ello tenga que destruir una civilización y sacrificar innumerables vidas humanas.

Ante esa constante amenaza imperialista, Sandino en su exordio considera indispensable, más aún inaplazable, la alianza de nuestros Estados Latinoamericanos para mantener a salvo nuestra independencia frente a las pretensiones del imperialismo Norteamericano, o frente al de cualquiera otra potencia a cuyos intereses se nos pretenda someter, y llama a “las veintiún fracciones de nuestra America a integrar una sola Nacionalidad.”

GRAN NACIONALIDAD que afirma debe ser afianzada: “rechazando cuantos tratados, pactos o convenios se hayan celebrado con pretensiones de legalidad que lesionen, en una u otra parte, la soberanía absoluta de los demás Estados Latinoamericanos.”

Alianza que necesariamente debía contar con:


Un ejército Latinoamericano, de organización inmediata a la firma de la Alianza

  • “compuesto por CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUETA ciudadanos pertenecientes a la clase estudiantil, entre los dieciocho y los veinticinco años de edad, contando con profesores de Derecho y Ciencias Sociales” de cada uno de los Estados, todos físicamente aptos para el servicio militar y poseedores de la CIUDADANIA LATINOAMERICANA, que en la actualidad preferimos llamar CIUDADANIA GRANNACIONAL.
  • Ejercito que no constituiría el efectivo de las FUERZAS DE MAR Y TIERRA DE LA ALIANZA, sino la base fundamental de los efectivos con que habrá de contar la NACIONALIDAD latinoamericana o GRANNACIONAL, para la defensa y el sostenimiento de su soberanía.
  • Ejercito al que cada Estado proporcionaría 250 ciudadanos para su constitución, electos por sus aptitudes físicas e intelectuales, “mediante la realización de concursos especialmente convocados para el efecto por los gobiernos de los veintiún Estados.”, siendo los vencedores “quienes elijan de entre los componentes del Cuerpo de Profesores de su propio Estado, a aquel que habrá de representar a éste en el seno de la Corte de Justicia Latinoamericana”; debiendo además, cada uno de los gobiernos, aportar una cantidad fija y proporcional para el sostenimiento de la Base del efectivo de las Fuerzas de Mar y Tierra de la Alianza Latinoamericana (hoy de la UNASUR o el ALBA)

Una Corte de Justicia Latinoamericana (Gran Nacional)

  • Organismo que resolvería en última instancia sobre todos los problemas que afecten o puedan afectar en cualquier forma a los Estados Latinoamericanos y en los que la denominada Doctrina Monroe, ha pretendido ejercer su influencia.
  • Suprema y única autoridad arbitral en los casos de reclamaciones, litigios de limites y toda otra causa que en una u otra forma, afecte o pueda afectar la estrecha y sólida armonía que debe normar las relaciones de los estados miembros de la Alianza.
  • El presidente de la Corte de Justicia sería a su vez el Comandante en Jefe de las Fuerzas de Mar y Tierra de la Alianza, quien ejercería sus funciones por un período de 6 años, cuyo “mandato podrá ser revocado en caso de constituir su permanencia en tal grado una amenaza para la buena marcha de las funciones que se tiene encomendados a ese Tribunal Máximo.”; y cuya elección será efectuada exclusivamente por los ciudadanos del Estado al cual corresponda (según orden alfabético), “quienes se hallan más capacitados para conocer de las virtudes públicas y privadas del ciudadano a quien le toque elegir para tan alto cargo.”, teniendo los Representantes de los Estados miembros de la Alianza, ante la Corte de Justicia Latinoamerciana, “el derecho al veto en caso de que la aceptación en el seno de este alto Tribunal del Presidente electo, implicara algún daño o perjuicio para la mejor realización de sus fines.”
  • Presidente de la Corte y Comandante de las Fuerzas de Mar y Tierra de la Alianza que podrá “proponer a los gobiernos de los veintiún Estados los Diplomáticos técnicos en política internacional y expertos cuya capacidad haya sido prácticamente comprobada en los organismos señalados.”

La Conferencia de Representantes de los 21 Estados integrantes de la Nacionalidad Latinoamericana (Gran Nacional)

  • “… acuerda que, en los casos de agresión por una o varias potencias contra uno o varios Estados de la Nacionalidad Latinoamericana:
    - Procederán unánimemente a expresar su protesta oficial contra la o las potencias agresoras bajo la amenaza de que efectuarán el retiro inmediato o conjunto de sus representantes Diplomáticos.”
    - De no lograrse la satisfacción exigida a la o las potencias agresoras, los gobiernos de los 21 Estados “procederán a la confiscación automática de los intereses e inversiones que la o las potencias agresoras tuvieren dentro de los límites de la NACIONALIDAD LATINOAMERICANA sosteniendo con el producto de tal expropiación la guerra a que diere lugar la agresión de la o potencias extranjeras.”
    - Usar para la defensa de la Soberanía Latinoamericana (Grannacional), “en el caso de que un conflicto internacional no amerite el rompimiento de las hostilidades, el boicot económico contra la o las potencias que originaran la fricción cancelando tanto la adquisición como la venta de productos con la o las potencias que provocasen el empleo de esta medida.”
  • Conferencia que “encomienda a la Corte de Justicia Latinoamericana la misión de realizar una investigación minuciosa en los Estados de Puerto Rico, Cuba, República Dominicana, Haití, Panamá, México, Honduras y Nicaragua, acerca de las perdidas de vidas e intereses sufridos por ciudadanos latinoamericanos en los mencionados Estados durante las ocupaciones e invasiones ordenadas por los diversos Gobiernos de los EEUU”
  • Y que a su vez resuelve, “que de acuerdo con el informe que rinda la Corte de Justicia Latinoamericana, la Nacionalidad Latinoamericana proceda a exigir la desocupación inmediata y total de los Estados que se hallen intervenidos, recuperándose automáticamente las porciones territoriales empleadas por los Estados Unidos de Norteamérica como Bases Navales, centros de aprovisionamiento o en otras obras utilizadas para posibles agresiones y que entrañen menoscabo de la Soberanía de los Estados Latinoamericanos”, bajo la advertencia de que cualquier pérdida de vidas e intereses norteamericanos, que los gobiernos agresores pretendieran alegar, no serían consideradas por constituir simplemente resultantes del ejercicio del derecho de defensa, inherentes a todo pueblo agredido.
  • Conferencia que nombrará una Comisión Especial con el fin de que esta elabore las bases y convoque los concursos a que hubiere lugar para dar oportunidad así que los intelectuales y cientistas latinoamericanos sean quienes presenten las fórmulas sobre las cuales deberá a) constituirse el Comité de Banqueros Latinoamericanos; b) la mejor manera de promover el mutuo conocimiento entre los Estados miembros de la Alianza y c) en general, elaborar las bases especiales sobre cada una de las iniciativas encerradas en el Proyecto de Alianza, así como las que se necesitasen

Un Comité de Banqueros Latinoamericanos (que nos recuerda el Banco del Sur)

  • Oficialmente respaldado y adoptado como medida inmediata posterior a la firma del Pacto de Alianza, “que tenga por objeto elaborar y realizar el plan por medio del cual LA NACIONALIDAD LATINOAMERICANA logre, con fondos propios, cancelar los contratos que existan entre los Estados Latinoamericanos y los Estados Unidos de Norteamérica, haciéndose cargo dicho Comité de Banqueros de la construcción de obras, materiales y vías de comunicación y transporte, así como de la flotación de empréstitos que en virtud de los tratados ya existentes entre los Estados Latinoamericanos y los Estados Unidos de Norteamérica, los Gobiernos de los primeros necesitasen.”

Sandino hace otras propuestas que facilitan el intercambio de personas, bienes y servicios bajo condiciones de complementariedad y solidaridad entre los gobiernos y pueblos de Nuestra America, las que recomendamos leer directamente en su proyecto para no hacer mas largo este escrito y por ser nuestro objetivo principal resaltar las relacionadas con la seguridad y defensa de Nuestra América, en las que hallamos mecanismos internacionales de democracia participativa y protagónica como la revocación del mandato, el derecho al veto y la elección popular. Ya basta de una Integración desarmada. RETOMAR ESTAS PROPUESTAS Y HACERLAS PARTES DEL ALBA, ES INAPLAZABLE.


(*)Ciudadana Grannacional de Nuestra América
http://groups.google.co.ve/group/GrannacionaldelosPueblos?hl=es Soberaníapopularsiglo21@gmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario